Golden Visa

Visado de Inversor o Golden VISA

Rápido y sencillo. Es el permiso de residencia con más ventajas.

Rápido

Agilización de la tramitación: 10-20 días (silencio positivo). Sistema ágil de concesión de visados/autorizaciones
Libre circulación por Europa
Permite la libre circulación por territorio Schengen hasta tres meses dentro de un semestre

Toda la familia

Tramitación simultánea de los familiares (cónyuge o pareja análoga, hijos menores de edad y mayores dependientes)
Sin residir permanentemente
Para extranjeros propietarios de un inmueble, no es necesario residir en España 6 meses

La residencia para inversores, también llamada Golden Visa, concede el permiso de residencia en España (y trabajo) a los extranjeros que efectúen determinadas inversiones.
Esta opción es el camino más rápido y sencillo para aquellas personas que deseen establecerse en España en un corto espacio de tiempo o poder circular por Europa.

Inversión necesaria

La inversión habitual que realizan nuestros clientes es la inversión en un bien inmueble, por lo que haremos algunas consideraciones a este medio de obtención del permiso de residencia para inversor.

1.- Se consideran inmuebles todos aquellos bienes considerados bienes raíces, por tener de común la circunstancia de estar íntimamente ligados al suelo, unidos de modo inseparable, física o jurídicamente, al terreno, tales como las parcelas, viviendas, naves industriales, plazas de aparcamiento, etc…
2.- La inversión requerida de 500.000€ puede ser realizada por la adquisición de varios inmuebles de menos valor que sumando el coste de todos alcanzan los 500.000€.
3.- El inmueble o los inmuebles deben estar libre de cargas por el valor de los 500.000€. Por tanto si adquirimos un inmueble cuyo precio de compra es de 900.000€, se puede solicitar un préstamo hipotecario por importe de 400.000€
4.- Los inmuebles pueden ser arrendados, por lo que se puede generar rentabilidad para el solicitante.

En toda compra de un inmueble hay que tener en cuenta los gastos e impuestos derivados derivados de la compraventa:
-IVA si es vivienda nueva (10% para particulares ó 21% si se hace a través de personas jurídicas, el cual es deducible) o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (del 6 al 10%, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde radique el bien inmueble)
-Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): 0% – 1.5% dependiendo del tipo de propiedad y de la comunidad autónoma.
- Honorarios del Notario, Registro de la Propiedad: en torno al 1% aproximadamente del precio de compraventa.

Nos encargamos de todo por usted


Permiso de residencia, inversión, impuestos y registro del bien.

Stratego Abogados ofrece un servicio integral para los interesados que engloba desde la búsqueda de la propiedad, ofrecimiento de inmuebles con rentabilidad garantizada desde el mismo momento de la compra, el asesoramiento jurídico tanto para la compraventa, liquidación de los impuestos correspondientes, inscripciones en Registros Públicos y la solicitud del permiso de residencia. 

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Estaremos encantados de atenderle a través de todos nuestros canales.
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