LEY DE STARTUPS

Ley de Startups

Una Ley para la  creación de un ecosistema emprendedor innovador en España con medidas para atraer talento extranjero

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, más conocida como Ley de Startups. Esta norma es la primera orientada de manera específica a la creación de un ecosistema emprendedor innovador en Europa.
Con la Ley de Startups, el Gobierno busca estimular la inversión y la atracción de talento, favorecer la colaboración entre pymes, grandes compañías y empresas emergentes, impulsar la I+D+i, también en la Administración, y fomentar la cooperación de las empresas emergentes y los emprendedores con las Universidades y centros de investigación.
Con esta nueva Ley de Startups, España pretende dar un paso más en el impulso de la innovación y el emprendimiento en Europa. También es fundador de la ESNA (European Startup Nation Alliance) junto a Austria y Portugal, con el objetivo de duplicar el número unicornios tecnológicos en la UE para el año 2030.

¿Qué es una Startup?

Se define “startup” como aquella empresa que:


- No supera los 5 años de antigüedad (o 7 para sectores estratégicos).

- No cotiza en bolsa ni distribuye dividendos.

- Tiene su sede o domicilio social en territorio español.

- El 60% de la plantilla contratada está en España.

- Tiene un volumen de negocio máximo de 10 millones de euros.

- Acredita "carácter innovador", entendido como el desarrollo de productos o prestación de servicios nuevos o mejorados.


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Características más relevantes de la Ley de Startups:

01

Extensión de las autorizaciones de residencia a emprendedores, inversores y estudiantes extranjeros.

La nueva norma establece medidas para atraer y retener el mejor talento internacional, así como a emprendedores, inversores y estudiantes extranjeros, facilitando su entrada y residencia en España.
Para ello, se crean nuevos visados y se modifica la duración de las autorizaciones de residencia:

1. Para emprendedores que quieran iniciar una actividad empresarial en España, se amplía la autorización inicial de residencia de uno a tres años. Además, podrán solicitar la renovación por dos años y obtener la residencia permanente a los cinco años 
2. Para inversores extranjeros, se incrementa la autorización inicial de residencia de uno a tres años. 
3. Para estudiantes en prácticas, o que estén en búsqueda de empleo o quieran emprender un proyecto empresarial una vez hayan concluido sus estudios, se amplía la autorización de residencia de uno a dos años.

02

Creación de “visado para nómada digital”

El llamado visado nómada digital” tendrá una duración de un año y lo podrán solicitar extranjeros no residentes en España para trabajar a distancia para una empresa radicada en otro país o para sí mismos.
Posteriormente, se podrá solicitar la autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional que tendrá una duración máxima de tres años renovable por períodos de dos años.
Más información Aquí.

03

Régimen fiscal de impatriados: los trabajadores desplazados a España podrán acogerse al régimen fiscal especial

Trabajadores, profesionales altamente cualificados, emprendedores e inversores, y su unidad familiar, podrán optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) durante el periodo impositivo de cambio de residencia y los cinco siguientes al tipo general del 24% hasta 600.000 euros de base liquidable.
Para ello, deben cumplir la condición de no haber residido en España durante los cinco períodos impositivos anteriores. Además, para beneficiarse de esta medida fiscal, el desplazamiento a territorio español debe ser con motivo de una actividad económica calificada o que como profesional preste servicios a una startup.

04

Tributación especial de las empresas emergentes 

Reducción del tipo impositivo en el Impuesto sobre Sociedades. Del actual 25% se pasa al 15% durante un máximo de cuatro años, desde el primer periodo en el que la base imponible resulte positiva hasta los tres siguientes.

05

Bonificación en las cuotas de la Seguridad Social para fundadores de startups

La Ley de Startups establece una bonificación del cien por cien de la cuota correspondiente a la base mínima establecida con carácter general durante los tres primeros años, cuando de forma simultánea los emprendedores trabajen por cuenta ajena para otra empresa.

06

Establecimiento de un tratamiento fiscal específico para el carried interest con el objetivo de fomentar el desarrollo del capital riesgo

Se establece un tratamiento fiscal específico para el carried interest, es decir, para las retribuciones obtenidas por la gestión exitosa de entidades de capital riesgo vinculadas al emprendimiento, a la innovación y al desarrollo de la actividad económica en todo el territorio nacional.
Tendrán la consideración de rendimientos del trabajo los derivados directa o indirectamente de participaciones, acciones u otros derechos, incluidas comisiones de éxito. Se calificará como rendimiento del trabajo integrable al 50%, sin límite cuantitativo, siempre y cuando se cumplan unas condiciones de mantenimiento y de rentabilidad mínima para los inversores ordinarios del fondo.

07

Reducción de requisitos burocráticos para los inversores extranjeros

Con el objetivo de facilitar los procesos de inversión en empresas españolas por parte de inversores extranjeros, la Ley de Startups incluye mejoras para reducir los trámites burocráticos para los inversores que no residan en España.

Si desea saber cómo podemos ayudarle, por favor contacte con nosotros a través de este formulario:

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